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Incentivos fiscales en TI

Escrito por Ana Echeverría | 15-ene-2018 16:21:00

Tener una infraestructura tecnológica adecuada y actualizada, es uno de los principales retos de cualquier empresa. La tecnología ayuda a automatizar procesos, proteger información confidencial, a reducir costos operativos y demás, por lo que es parte fundamental para el crecimiento de un negocio.

 

Si bien la tecnología es parte importante de una empresa, no siempre se tienen los recursos necesarios para invertir e implementarla de manera adecuada. La buena noticia es que actualmente hay muchas formas para adquirir todo lo que el área de TI de tu empresa necesita, desde opciones de créditos y arrendamientos, hasta deducciones de impuestos con las que seguro te ahorrarás unos cientos de pesos.

Gracias a los estímulos fiscales en materia de Deducción Inmediata de Bienes Nuevos de Activo Fijo para las Micro y Pequeñas Empresas, es posible llevar a cabo todos los proyectos de tecnología que has dejado a un lado en tu empresa por falta de presupuesto.

Pues, podrás renovar o actualizar gran parte de tu infraestructura tecnológica y, además, podrás deducirlo hasta en un 94% del costo total en el año 2017 y hasta en un 88% en 2018. A continuación, te compartimos parte del decreto publicado por el Diario Oficial de la Federación (fuente).

“Los contribuyentes que tributen en los términos de los Títulos II o IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que hayan obtenido ingresos propios de su actividad empresarial en el ejercicio inmediato anterior hasta por 100 millones de pesos, podrán optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, en el ejercicio en el que se adquieran, deduciendo la cantidad que resulte de aplicar al monto original de la inversión, únicamente los por cientos que se establecen en este Decreto, en lugar de los previstos en los artículos 34 y 35 de la Ley del Impuesto sobre la Renta”.

La parte de dicho monto que exceda de la cantidad que resulte de aplicar al mismo el por ciento que se autoriza en este artículo, será deducible únicamente en los términos del artículo Tercero del presente Decreto. 

Los por cientos que se podrán aplicar para deducir las inversiones a que se refiere este artículo, son los que a continuación se señalan: 

 Los por cientos por tipo de bien serán:

% Deducción

e)    Computadoras personales de escritorio y portátiles, servidores, impresoras, lectores ópticos, graficadores, lectores de código de barras, digitalizadores, unidades de almacenamiento externo y concentradores de redes de cómputo.

2017

2018

94%

88%


La tecnología trae muchos beneficios para las empresas que saben adoptarla. Haz crecer a tu empresa y vuélvela más competitiva, ahora sí ¡ya no hay excusa! Invertir en tecnologías de la información y ahorrar dinero al mismo tiempo, sí es posible.